BOLETIN DE CURSOS PLATAFORMA DE FORMACION VIRTUAL: SEMANA 47/2024 - 14 de noviembre
18-11-2024
El Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, determina en su ITC-LAT 05 Verificaciones e Inspecciones que las verificaciones periódicas de líneas eléctricas de tensión nominal no superior a 30 kV podrán ser realizadas por técnicos titulados con competencias en este ámbito que dispongan de un certificado de cualificación individual, expedido por una entidad de certificación de personas acreditada, de acuerdo con el Real Decreto 2200/1995, de 28 diciembre, y según la norma UNE-EN-IS0/IEC 17024. El certificado de cualificación individual se renovara, al menos, cada tres años. Asimismo, el técnico titulado encargado de la verificación no podrá haber participado del proyecto, ni en la dirección de obra, ni estar vinculado con el mantenimiento de la línea.
A determinar. Preferiblemente en instalaciones de la Organización de Ingenieros Técnicos Industriales, dependiendo del número de interesados y su dispersión geográfica, se intentará que los candidatos no tengan que realizar largos desplazamientos.
Para que un lugar pueda ser designado como lugar del examen, deberán existir, al menos 15 candidatos en un radio inferior a 200 km.
En caso de no existir un número significativo de candidatos, el examen de evaluación se realizará en las instalaciones del Consejo General: Avd. Pablo Iglesias, 2, 2º, 28003, Madrid
En el documento "PROCEDIMIENTO PÚBLICO VERIFICADORES DE CCTT" se detalla las condiciones, documentación necesaria a presentar, tarifas, forma de pago y plazo de pago, etc.
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