ePrivacy and GPDR Cookie Consent by Cookie Consent PRESTACIONES SOCIALES DE LA FUNDACIÓN MUPITI PARA 2020
PRESTACIONES SOCIALES DE LA FUNDACIÓN MUPITI PARA 2020
Secretaría

PRESTACIONES SOCIALES DE LA FUNDACIÓN MUPITI PARA 2020


MUPITI

Os informamos que desde el 15 de julio está recogida en la página Web de la Fundación Mupiti (www.fundacionmupiti.com) y de Mupiti (www.mupiti.com/fundacion-mupiti), la información sobre las Prestaciones Sociales de la Fundación correspondientes al ejercicio 2020.

El total de ayudas contempladas en el Plan de Actuación para el ejercicio 2020 asciende a un total de 60.000 euros, que se destinarán a las siguientes modalidades de ayuda:

 

BENEFICIARIOS/AS

Pueden ser beneficiarios de las ayudas que otorga la Fundación los mutualistas y los colegiados de cualquier Colegio de Graduados en Ingeniería de la rama Industrial e Ingenieros Técnicos Industriales, así como sus cónyuges y ascendientes o descendientes en primer grado por consanguinidad.

 

NORMATIVA GENERAL

Para el ejercicio 2020, el Patronato de la Fundación Mupiti ha adoptado los siguientes acuerdos:

1º. Se mantendrá en la normativa de prestaciones sociales de 2020 el mismo criterio aplicado en la normativa de prestaciones sociales de 2019, siendo:

"Quien haya recibido ayudas en cuatro o más años, por cualquier concepto, no podrá ser beneficiario de ayudas en el año 2020".

Con este criterio estimamos que se incrementará nuevamente el número de solicitantes de las ayudas.

 

2º. Mantener el criterio de asignación de importe para las ayudas que se ha aplicado en el año 2020.

Cuando se solicita por primera vez una ayuda, el importe de la ayuda concedida será del 100% del importe asignado por el Patronato.

Cuando se solicita por segunda vez una ayuda, el importe de la ayuda concedida será del 100% del importe asignado por el Patronato.

Cuando se solicita por tercera vez una ayuda, el importe de la ayuda concedida será del 75% del importe asignado por el Patronato.

Cuando se solicita por cuarta vez una ayuda, el importe de la ayuda concedida será del 50% del importe asignado por el Patronato.

 

3º. Mantener el coeficiente reductor para las ayudas otorgadas a colegiados pertenecientes a Colegios que no colaboran con la Fundación.

Dichos acuerdos se han recogido en la normativa de prestaciones sociales que se adjunta a esta circular.

 

PLAZO

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda se inicia el día 15 de julio y concluye el 30 de octubre de 2020, a las 17:00 horas.

 

NORMATIVA Y CONSULTAS

Te adjuntamos fichero pdf en el que se recoge la "Normativa de las Prestaciones Sociales 2020", con el ruego de que lo difundáis entre vuestros colegiados.

 


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