Fecha de Inicio:
11/06/2013Plazas totales:
20 plazasDuracion del curso:
Descripción del curso: 1.- ANTECEDENTES Y OBJETIVOS Tradicionalmente el suministro eléctrico masivo a nivel general en España se ha realizado por medio de empresas eléctricas. Estas empresas situaban grandes centros de producción de electricidad (centrales generadoras) en lugares convenientes, y desarrollaban redes de transporte de la energía hasta los puntos de consumo, repartidos por toda la geografía nacional. En general, al consumidor habitual solamente se le ha considerado como sujeto pasivo, y en consecuencia se le ha proporcionado el suministro eléctrico que ha demandado. El futuro se encuentra en un modelo de la generación individual o distribuida como alternativa al modelo de generación tradicional localizada. Modernamente, con los avances tecnológicos y el desarrollo natural de la sociedad en el mundo actual, y en España de forma particular, comienzan a cambiar los planteamientos, pues de forma creciente, los consumidores tienen la opción de convertirse en generadores de su propio consumo eléctrico al haberse conseguido la paridad de red, es decir, el mismo precio cuesta la energía comprada al sistema que la energía eléctrica autogenerada. Las ventajas de este modelo de generación distribuida son múltiples pero entre ellas podemos destacar: 1º Ahorro económico en las facturas energéticas de los hogares. 2º Disminución de pérdidas en el sistema eléctrico. 3º Disminución de emisiones de CO2. 4º Consumo energía autóctona. 5º Desarrollo económico del sector energético. Consciente de que en el futuro próximo, esta forma de autoabastecimiento eléctrico puede ser beneficiosa para el conjunto, la Administración ha considerado conveniente apoyarla con iniciativas regulatorias. Es así como a finales de 2011 apareció el Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la conexión a red de instalaciones de producción de energía eléctrica de pequeña potencia, facilitando esta situación. Este RD regula y permite la conexión a la red de las instalaciones de pequeña potencia, bien consumiendo toda la producción, o solamente una parte de ella, y vendiendo los excedentes. Con carácter de Ley, en la última reforma de abril de 2012 de la Ley 54/1997, también permite que el consumidor genere su propia energía. En la misma línea el RD 661/2003, establece en el art. 17, como derecho del productor vender toda o parte de la energía producida. Está regulado por lo tanto que el productor puede decidir cuanta energía vende. Al día de hoy todavía no se ha publicado el futuro Real Decreto sobre el balance neto, pero este modo de producción distribuida de energía para autoconsumo o para venta, ya se puede poner en práctica a esta fecha basado en el RD 1699/2011 citado al comienzo. Por todo esto, el presente curso SOBRE AUTOGENERACIÓN Y AUTOCONSUMO ELÉCTRICO, pretende dotar al alumno de los conocimientos suficientes en relación con aspectos reglamentarios y técnicos que será preciso llevar a cabo para conseguir la autogeneración distribuida basada en la autogeneración, para el autoconsumo de toda la energía producida, o solo parte de ella, vendiendo al Sistema Eléctrico la energía no consumida. De forma complementaria, el curso tiene como objetivo mostrar como podría ser el escenario de una futura regulación basada en el balance neto. Una vez superado este curso en el que se incluyen ejemplos prácticos, el alumno dispondrá de una serie de soluciones y criterios que le facilitarán el conocimiento del concepto autogeneración y autoconsumo, y su aplicación a casos concretos.
Temario del curso: